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Esperanza de Triana. Mantenimiento de medidas asistenciales ante los efectos económicos del Covid–19


Arte Sacro. La junta de gobierno de la Hermandad Sacramental de la Esperanza de Triana, en cabildo de oficiales celebrado en fechas atrás, ha acordado mantener las siguientes medidas ante la situación socioeconómica derivada de las circunstancias sanitarias del Covid-19, así como en cumplimiento de su programa de gobierno:

1. Bonificación hasta del 50% sobre la cuota de hermano ya cobrada, correspondiente al mes de diciembre del presente año, de todos aquellos que se hayan encontrado en situación de desempleo durante este periodo. Para solicitar esta ayuda, los hermanos habrán de estar al día de sus cuentas en la corporación y justificar legítimamente encontrarse en el momento de esta solicitud en paro laboral. Este reembolso se aplicará de manera proporcional al periodo de inactividad laboral. Esta medida es extensiva a los hijos menores del progenitor y cuyas cuotas estén domiciliadas en la misma cuenta bancaria de éste. Si el cónyuge pertenece igualmente a la hermandad, también puede presentar en su caso personal los mismos informes ya referidos para poder percibir este reintegro.

2. Mantenimiento de la devolución hasta del 30% de la cuota ya cobrada, correspondiente a diciembre, a los hermanos que, estando al día de las mismas, justifiquen documentalmente haber tenido un ERTE en su empresa ocasionado por la crisis del COVID-19 o, en caso de ser autónomo, demostrar un cese de actividad. Este reembolso, pues, se continuará aplicando de manera proporcional al periodo de inactividad laboral, siendo extensiva esta medida a los hijos menores del progenitor y cuyas cuotas estén domiciliadas en la misma cuenta bancaria de éste. Si el cónyuge pertenece igualmente a la hermandad, también puede presentar en su caso personal los mismos informes ya referidos para poder percibir este reintegro.

El plazo para la solicitud de estas devoluciones se extenderá desde el lunes 4 al jueves 14 del mes de enero del presente año, ambos inclusive. Para ello, la persona que solicite esta ayuda habrá de entregar la documentación en las dependencias de la hermandad en el horario de atención al hermano, los lunes y jueves en horario de 10 a 13,30 horas, a fin de revisar toda la documentación reseñada y así proceder a la devolución.

3. Durante el próximo mes podrán gestionar la deducción del 50 % del débito superior a dos ejercicios aquellos hermanos que acrediten estar inactivos laboralmente, o alguna otra circunstancia profesional o personal, que por ello vean imposibilitados cubrir su adeudamiento.

Foto: Mariano Ruesga Osuna.










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