Arte Sacro
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Nueva y efectiva normativa para los carrillos de apoyo cofrades


Arte Sacro. En una reciente reunión de miembros del Consejo de Cofradías con la representación efectiva de miembros del CECOP, se acordó como punto relevante, necesario y a la vez novedoso la implantación de una normativa a cumplir desde la próxima Semana Santa de 2023.

En primer lugar y en lo referente a estos carromatos viejos y desfasados se establecerán una serie de medidas relativas a la dimensión de los mismos, primando su seguridad en el rodaje y su impacto estético acorde con la dignidad del cortejo en que se incluyen.

En cuanto a su decoración exterior es preferible y aconsejable por esta comisión que lo inspeccionaran concienzudamente y que guarden la estética de los colores corporativos  de la Hermandad  y si estos fueran muy estridentes se aconseja el negro ruan o bien el blanco inmaculado como colores de elección.

Asimismo de observara a efectos de la seguridad del publico que presencia las cofradías como el peligro que supone para los abonados de la calle Sierpes unas medidas reglamentarias sobre todo en referencia al tamaño de los mismos. Por otro lado estos vehículos de larga tradición cofrade deben de estar dotados de un sistema de frenos de efectividad y fácil manejo que le permitan maniobrar de forma efectiva ante cualquier eventualidad. Es importante como señal acústica compatible y necesaria para otros vehículos rodantes la existencia de un claxon que siempre será accionado ante cualquier situación que pueda producir una situación de peligro por el conductor principal, máximo responsable en la calle del circular del vehículo.

Punto de capital interés para esta comisión es el mantenimiento de este vehiculo, para lo cual se establecerá unos criterios de ITV que deberán pasar a los cuatro años los carrillos de nueva construcción y a partir de los dos años, cada dos años como prescribe la legislación vigente. Asimismo el conductor principal debe de estar en posesión del carnet de conducción de tipo B como cualquier conductor que acceda a la certificación para poder conducir vehículos de turismo.

Por otro lugar se establecerá un estricto reconocimiento en referencia a la Salud Laboral del conductor principal y de sus ayudantes si los hubiera con los criterios exigidos para cualquier vehículo de tracción humana, mediante la expedición del Certificado Oficial Medico en el que se exponga por parte del facultativo correspondiente, que no existe patología invalidante ni menoscabo para ejercer esta actividad.

Como punto de máxima importancia se establecerán unos baremos de las compensaciones económicas que valoren esta actividad tan necesaria para nuestras cofradías, basándose en el precio de la hora de trabajo que será incrementada si ocurriera algún retraso que alargara la estación de penitencia sin menoscabo económico para el trabajador. En ese mismo baremo se establecerá la categoría de conductor principal y ayudante o posibles ayudantes o relevos, sobre todo para las cofradías de largo recorrido.

Como punto final de este acuerdo se hace especial hincapié en la actitud respetuosa hacia el cortejo, asimismo con la indumentaria discreta pero a la vez con la suficiente elegancia y discreción para realizar este trabajo.

Como conclusión importante de este pre acuerdo se hace responsable al Diputado Mayor de Gobierno y al Mayordomo de cada Hermandad la observación y el cumplimiento de estas normas. 

Sello: Consejo de HHCC de Sevilla y CECOP
Fotos: Mariano López montes










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